El Ayuntamiento de Gata ha contratado 3 personas paradas a través de varios programas de incentivos para el fomento de la ocupación pública. Se han recibido 15.192 euros del “ECOVID 2021”, Programa de incentivos a la contratación de personas desocupadas de al menos 30 años de edad por entidades locales, y 37.542,96 euros en EMPUJU 2021, Programa de incentivos a la contratación de personas desempleadas menores de 30 años por entidades locales de la Comunidad Valenciana
El Ayuntamiento ha contratado un peón de limpieza, un pintor y un obrero. El día 21 de diciembre se han incorporado las 3 personas contratadas por un periodo de doce meses.
Estas actuaciones desarrolladas por el Ayuntamiento de Gata y @gvaLabora están cofinanciadas por la Unión Europea intermediando el Programa Operativo del Fondo Social Europeo 2014-20 de la Comunidad Valenciana y el Programa de Ayuda REACT-UE como fondo extraordinario para paliar los efectos de la pandemia.
El Ayuntamiento contrata dos trabajadores a través del programa de fomento de la ocupación Emcorp
El Ayuntamiento de Gata ha contratado dos personas a través de la la Subvención de la Consellería de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo a través de LABORA Servicio Valenciano de Ocupación y Formación.
Este programa EMCORP 2021, que está financiado con fondos procedentes del Servicio Público de Ocupación Estatal (SEPE), es una subvención destinada a la contratación de personas desocupadas de al menos 30 años de edad, en colaboración con corporaciones locales de la Comunidad Valenciana.
El Ayuntamiento de Gata ha recibido 27.495,84€ para la contratación de dos peones para la brigada de servicios municipales durante 8 meses y 20 días, a partir de hoy, 11/06/2021, y hasta el 28/02/2022.
Del 23 de marzo al 21 de abril se pueden solicitar las ayudes Paréntesis convocadas por el ayuntamiento de Gata dentro del Plan Resistir que están dirigidas a personas autónomas y microempresas locales de los sectores más afectados por la crisis de la COVID-19.
Las bases de las ayudas se pueden consultar en la sede electrónica donde también se pueden solicitar telemáticamente a través del trámite habilitado para la solicitud de Ayudas Paréntesis .
El plan destinará para el municipio 197,513 euros para autónomos y microempresas de los sectores más afectados por la crisis de la COVID-19. El Ayuntamiento aportará un 15% del total, el 62,5% lo aportará la Generalitat Valenciana y se completará con el 22,5% con el cual contribuirá la Diputación Provincial.
El programa consiste en una ayuda directa de 2.000 euros por cada autónomo o microempresa, que se incrementará en 200 euros por trabajador.
El Ayuntamiento de Gata ha aprobado las bases de la convocatoria de las ayudas Paréntesis dirigidas a personas autónomas y empresas locales. Las bases de las ayudas se publicarán en la sede electrónica y se podrán solicitar telemáticamente a través de la misma sede. El periodo de solicitud es de 30 días naturales a partir de su publicación en el BOP.
El plan destinará para el municipio 197,513 euros para autónomos y microempresas de los sectores más afectados por la crisis de la COVID19. El Ayuntamiento aportará un 15% del total, el 62,5% lo aportará la Generalitat Valenciana y se completará con el 22’5% con el cual contribuirá la Diputación Provincial.
El programa consiste en una ayuda directa de 2.000 euros por cada autónomo o microempresa, que se incrementará en 200 euros por trabajador.
La actividad económica tiene que ser desarrollada por una persona autónoma o microempresa que tengan hasta 10 personas trabajadoras en su plantilla, que estén dados de alta en el régimen de la Seguridad Social o en la Mutua profesional correspondiente y en la Agencia Estatal de Administración Tributaria a fecha 31 de diciembre de 2020. También tienen que figurar de alta en la matrícula municipal del Impuesto de actividades Económicas (IAE) y el domicilio fiscal tiene que encontrarse en el municipio.
Las ayudas van dirigidas a autónomos y microempresas de las actividades económicas recogidas en el decreto: comercio al por menor de productos en lugares de venta y en mercadillos, hoteles y alojamientos turísticos, campings y aparcamientos de caravanas, restaurantes y lugares de comer, provisión de comidas preparadas para acontecimientos, y establecimientos de bebidas. Además, también contempla otras actividades como las de exhibición cinematográfica, agencias de viajes, operadores turísticos, otros servicios de reservas, organización de convenciones y ferias, artes escénicas y actividades auxiliares, gestión de salas de espectáculos, gestión de instalaciones deportivas, actividades de los clubes deportivos, gimnasios y otras actividades deportivas, actividades de los parques de atracciones, entre otras actividades recreativas y de entretenimiento.
La participación en estas ayudas será compatible con subvenciones, ayudas, ingresos o recursos procedentes de cualesquier administraciones o entes públicos o privados nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, y concedidos para la misma finalidad prevista en el presente decreto. Esta compatibilidad estará condicionada en que el importe de las ayudas, aisladamente o en concurrencia con otras, no supero el coste de la actividad subvencionada.
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